Es el documento que le permite entrar y salir de Argentina. En el exterior, le identifica como ciudadano argentino.
Es recomendable tenerlo en vigor, a pesar de tener en regla la documentación española.
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Los pasaportes “MERCOSUR” emitidos en la República Argentina por la POLICIA FEDERAL y prorrogados en el exterior después del 30 de mayo del 2011caducarán al ingresar el ciudadano en Territorio Nacional, donde los interesados deberán tramitar el nuevo pasaporte ante el RNP.
El pasaporte es un trámite personal. Sólo puede realizarlo el propio titular del pasaporte presentándose en el Consulado. No sé puede realizar por correo o por un tercero.
En el Consulado usted puede realizar los siguientes trámites:
Prórroga del Pasaporte vencido o por vencer: Se solicita cuando el período de vigencia del pasaporte está por vencer (un máximo de 90 días antes) o una vez vencido. Esta prórroga se realiza sobre el mismo pasaporte que aporta el titular y tiene una validez de 5 años. Requisitos
MUY IMPORTANTE::
Los Pasaportes Consulares (escritos a mano) caducan a su vencimiento y no son prorrogables. En su lugar se expedirá a su vencimiento un Pasaporte de Emergencia válido por un año y para el cual deberá solicitar turno.
Los Pasaportes MERCOSUR emitidos por la POLICA FEDERAL son prorrogables sólo una vez, a los efectos de regresar al país. Caducan al ingresar al país.
Expedición Nuevo Pasaporte: Se realiza únicamente en casos de extravío o robo del pasaporte. Los pasaportes expedidos pueden ser:
"de Emergencia", con una validez de 1 año; no caducan al ingreso en Argentina; y, no son prorrogables. Requisitos
"Provisorios", se expiden por única vez, sólo en casos excepcionales, tienen una validez de 60 días y únicamente sirven para retornar a Argentina. Requisitos
IMPORTANTE: Los menores de 18 años DEBEN ser acompañados por el padre y la madre, quienes deben identificarse con su DNI ARGENTINO (o en su caso el documento del padre que figura en la partida de nacimiento del menor) a fin de autorizar el trámite de prórroga o expedición.
Si uno (o ambos) no pudiera concurrir al Consulado, se deberá presentar un poder, autorización o venia de viaje, efectuada ante un escribano público y debidamente legalizado, en el que el ausente (o ambos) autoriza/n a expedir o prorrogar el pasaporte.
Si el padre o la madre hubiera fallecido, se debe presentar la partida de defunción.
Si ambos padres hubieran fallecido, se debe presentar la sentencia judicial en la que se nombra tutor. [+información]
El pasaporte prorrogado o expedido se entrega el mismo día en que se tramita
Documentación necesaria para la realización del trámite
se recomienda tener el cambio de domicilio actualizado
Fotocopias del DNI: páginas 1, 2 y la correspondiente al domicilio actualizado
Se recomienda también presentar la Cédula de Identidad y la Partida de Nacimiento (no “certificado de nacimiento”) dado que en ciertos casos pueden ser necesarios.
2 fotos de 4cm x 4cm, de frente, fondo blanco, sin anteojos y con la cabeza descubierta
Los menores de 18 años deben presentar:
partida de nacimiento o libro de familia (NO se acepta el “Certificado de Nacimiento”)
fotocopia de la partida de nacimiento o libro de familia
según corresponda a su caso: autorización debidamente legalizada del o de los padres que no están presentes, partida de defunción o nombramiento del tutor. [+información]
fotocopia de la autorización
Fotocopias del DNI del padre y de la madre: páginas 1, 2 y la correspondiente al domicilio actualizado
3 fotos de 4cm x 4cm, de frente, fondo blanco, sin anteojos y con la cabeza descubierta
Tasa: 40€. El pago puede realizarse con tarjeta de crédito o débito en el mismo Consulado, lo que ahorrará tiempo. Si paga en efectivo deberá ir al banco a hacer el depósito
MUY IMPORTANTE:
Los Pasaportes Consulares (escritos a mano) caducan a su vencimiento y no son prorrogables. En su lugar se expedirá a su vencimiento un Pasaporte de Emergencia válido por un año y para el cual deberá solicitar turno.
Los Pasaportes MERCOSUR emitidos por la POLICA FEDERAL son prorrogables sólo una vez, a los efectos de regresar al país. Caducan al ingresar al país.
Imprima desde aquí el listado de requisitos, y haga ud. mismo una auto-verificación para controlar que cuenta con toda la documentación necesaria:
Pasaporte original en caso de deteriodo o falta de hojas útiles
DNI argentino original
debidamente acutalizado a los 8 y 16 años
en buen estado de conservación
se recomienda tener el cambio de domicilio actualizado
Se recomienda también presentar la Cédula de Identidad y la Partida de Nacimiento (no “certificado de nacimiento”) dado que en ciertos casos pueden ser necesarios.
4 fotos de 4cm x 4cm, de frente, fondo blanco, sin anteojos y con la cabeza descubierta
Los menores de 18 años deben presentar:
partida de nacimiento o libro de familia (NO se acepta el “Certificado de Nacimiento”)
fotocopia de la partida de nacimiento o libro de familia
según corresponda a su caso: autorización debidamente legalizada del o de los padres que no están presentes, partida de defunción o nombramiento del tutor. [+información]
fotocopia de la autorización
4 fotos de 4cm x 4cm, de frente, fondo blanco, sin anteojos y con la cabeza descubierta
Tasa: 30€. El pago puede realizarse con tarjeta de crédito o débito en el mismo Consulado, lo que ahorrará tiempo. Si paga en efectivo deberá ir al banco a hacer el depósito
RECUERDE:
Los pasaportes consulares (escritos a mano) caducan a su vencimiento y no son prorrogables. En su lugar se expedirá a su vencimiento un Pasaporte de Emergencia válido por un año y para el cual deberá solicitar turno.
Los pasaportes MERCOSUR emitidos por la POLICA FEDERAL son prorrogables sólo una vez, a los efectos de regresar al país. Caducan al ingresar al país.
Imprima desde aquí el listado de requisitos, y haga ud. mismo una auto-verificación para controlar que cuenta con toda la documentación necesaria:
Pasaporte original en caso de deteriodo o falta de hojas útiles
DNI argentino original
debidamente acutalizado a los 8 y 16 años
en buen estado de conservación
se recomienda tener el cambio de domicilio actualizado
Se recomienda también presentar la Cédula de Identidad y la Partida de Nacimiento (no “certificado de nacimiento”) dado que en ciertos casos pueden ser necesarios.
4 fotos de 4cm x 4cm, de frente, fondo blanco, sin anteojos y con la cabeza descubierta
Los menores de 18 años deben presentar:
partida de nacimiento o libro de familia (NO se acepta el “Certificado de Nacimiento”)
fotocopia de la partida de nacimiento o libro de familia
según corresponda a su caso: autorización debidamente legalizada del o de los padres que no están presentes, partida de defunción o nombramiento del tutor. [+información]
fotocopia de la autorización
4 fotos de 4cm x 4cm, de frente, fondo blanco, sin anteojos y con la cabeza descubierta
Tasa: 20 €. El pago puede realizarse con tarjeta de crédito o débito en el mismo Consulado, lo que ahorrará tiempo. Si paga en efectivo deberá ir al banco a hacer el depósito
RECUERDE que el PASAPORTE PROVISORIO CONSULAR:
Es válido sólo para ingresar a la Argentina.
Tiene una validez de 60 días
Se otorga una única vez
Es retenido por la autoridad migratoria al ingresar al país
En la Argentina deberá tramitar un nuevo pasaporte.
Imprima desde aquí el listado de requisitos, y haga ud. mismo una auto-verificación para controlar que cuenta con toda la documentación necesaria: